DELGADO GARRUCHO ABOGADOS se encuentra doblemente de enhorabuena. A la anterior Sentencia estimatoria de custodia al progenitor, ha de sumarse otra que nos ha dejado un buen sabor de boca. Y no es sino a un asunto nada baladí, y que afecta a una de las compañías de transporte más conocidas de nuestro país.

 

El asunto se remonta al año 2015. Nuestro cliente realiza unos envíos a contrareembolso en virtud de unos pedidos que le realizaban sus clientes. Para ello, contrató los servicios de la empresa ASM, a fin de que entregaran la mercancía y cobrasen la misma en destino, con la obligación de reembolsarle a nuestro cliente dicho abono.

 

Pues bien, ASM, a pesar de cobrar la mercancía en destino, en ningún momento le realizó el pago a nuestro cliente, alegando sorprendentemente que su culpa estaba prescrita o que, en caso de tenerla, la responsabilidad era de otra empresa, CARPE SHERRY SL, contratada por ellos mismos para recoger las mercancías en Jerez de la Frontera.

 

El resultado no podía ser otro que el de la expresa condena a abonar la cantidad debida a nuestro cliente, más los intereses y costas del procedimiento, por lo que nos congratulamos enormemente, de que a nuestro cliente, por fin, se le proceda a abonar todas sus cantidades pendientes por parte de la compañía de transporte, y que ésta se quedó para sí por motivos que desconocemos.

 

Si usted se encuentra en situación similar, no dude en llamarnos. Somos especialistas en el cobro de facturas impagadas. Somos su despacho de Abogados.